El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado un  recurso interpuesto por laJunta de Andalucía contra una sentencia que avalaba mantener la categoría especial a una familia numerosa de Granada.

La sentencia del TSJA, contra la que ahora la Junta ha interpuesto un recurso de casación, podría suponer un paso adelante en la reclamación de las familias numerosas de categoría especial, que, desde la reforma que ha permitido mantener el título con al menos un hijo que cumpliera los requisitos establecidos en la ley, pedían también mantener la categoría. De momento, hay que esperar hasta que esta resolución del TSJA sea firme.

Reforma de la ley

Y es que con la entrada en vigor de dicha reforma, el 18 de agosto de 2015, las familias numerosas no pierden la condición de familia numerosa aunque los hijos mayores vayan «saliendo» de la familia, sino que lo mantienen hasta que el último de ellos cumple la edad establecida en las condiciones: 21 años ó 26 si está estudiando. Sin embargo, con respecto a la categoría, las administraciones han interpretado, sin estar expresamente recogido en la ley, que no se mantenía, de manera que las de categoría especial pasaban a ser general por tener ya menos de 5 hijos en el título.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía resolvió a favor de la petición de la familia indicando que«la vigencia del título (…), nos inclinamos a considerar, no implica sólo el mantenimiento de la condición de familia numerosa, sino también el de la categoría hasta entonces acreditada, dado que el título se refiere tanto a la condición como a la categoría de la familia numerosa”.

La Federación Andaluza de Familias Numerosas ha expresado su satisfacción por la sentencia del TSJA que considera «de justicia para con las familias».

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