El BOE publica hoy, 18 de enero, el Real Decreto 1621/2005, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 40/2003, de protección a las familias numerosas, el cual entrará en vigor mañana.
El Reglamento, que fue aprobado en el Consejo de Ministros del pasado 30 de diciembre, recoge, entre otras medidas, una bonificación de un 45% en las cuotas de la Seguridad Social para la contratación de cuidadores, así como descuentos de hasta el 50% en el transporte.
De acuerdo con el presente texto, para tener derecho a la bonificación del 45%, el empleador acreditará ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o Administración la condición de familia numerosa, así como los servicios exclusivos del cuidador a los miembros de la familia numerosa. Además, deberá estar al corriente de pago de las cuotas a la Seguridad Social.
Por lo que respecta al transporte, el reglamento fija unos descuentos que varían entre el 20 y el 50%, dependiendo de si se trata de familias de categoría general o especial (cinco o más hijos), a la hora de viajar en líneas interurbanas de carretera, ferrocarriles, transporte marítimo o aéreo nacional.
En materia de educación, el Reglamento establece que las convocatorias de becas preverán una reducción de la renta familiar a considerar para aquellos solicitantes que pertenezcan a familias numerosas oficialmente reconocidas, mientras que sobre exenciones y bonificaciones en tasas y precios públicos en el ámbito educativo, el fija una exención del 100% a las familias numerosas especiales y una bonificación del 50% a las de categoría general en tasas.
El texto prevé un subsidio a las familias numerosas que tengan en su seno a hijos con discapacidad que presenten necesidades educativas especiales, así como un incremento de las prestaciones por infortunio familiar concedidas por el seguro escolar, a la vez que regula una serie de beneficios en actividades de ocio y culturales para estas familias.
Por último, el reglamento desarrolla algunos beneficios en los planes de financiación que la Administración General del Estado establezca para el acceso a la vivienda protegida.