La conselleria de Bienestar Social tiene contabilizadas, hasta la fecha, 29.696 títulos de familia numerosa distribuidas en 15.355 en la provincia de Valencia, 2.936 en Castellón y 11.405 en Alicante, según informaron fuentes de la Generalitat. ‘Las familias numerosas se clasifican en dos categorías, especial y general, frente a las tres que preveía la legislación de 1971’, explicó la consellera de Bienestar Social, Alicia de Miguel. Asimismo, aseveró que la Generalitat contempla para ellas ‘beneficios como bonificaciones y exenciones en tasas públicas, transportes públicos, bienes y servicios culturales y gratuidad en tasas de matrícula o expedición de títulos’.En este sentido, De Miguel, puntualizó que, en la declaración de renta ‘las deducciones Valencianas son de 190 euros para las familias numerosas de categoría general (de tres a cuatro hijos) y de 435 euros cuando se trata de familias numerosas de categoría especial (cinco o más hijos)’. Por otra parte, apuntó que, mediante la nueva clasificación de familias numerosas, ‘se aplican unas rebajas del 100 por cien de los beneficios y ayudas aplicables para las familias de categoría especial y de un 50 por ciento para la categoría general’. Asimismo, calificó como ‘uno de los grandes avances de la normativa actual sobre familias numerosas’, el hecho de que se reconozca como familia numerosa a la formada ‘por cónyuges separados o divorciados con tres o más hijos, aunque no sean comunes y también a las extranjeras, siempre que todos los miembros vivan en España’, explicó. ‘También se atribuye a las personas sometidas a tutela o acogimiento familiar permanente o preadoptivo, la consideración de hijos’, señaló la consellera, lo que en su opinión significa que ‘se amplia el numero de familias beneficiaras y además se incrementan los beneficios’.Finalmente, la responsable de Bienestar Social resaltó ‘la especial atención’ que la ley manifiesta en el tema de la discapacidad. En este sentido, señaló que la nueva normativa ‘establece un subsidio a las familias numerosas que tengan en su seno a hijos discapacitados o incapacitados para trabajar, que presenten necesidades educativas especiales’.