Período de descanso que tiene toda persona trabajadora en los casos de parto, adopción o acogimiento, sin perder sus derechos salariales ni laborales. Son 16 semanas ininterrumpidas de duración, ampliables en 2 semanas más en el supuesto de discapacidad del menor y en el caso de parto, adopción o acogimiento múltiple, por cada menor, a partir del segundo.
El lugar donde solicitarla es en las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Consulta todos los centros a los que puedes acudir en la Comunidad Valenciana.